lunes, 10 de noviembre de 2014

“Sí acepto”. El divorcio express


La decisión

No sé hasta que edad una persona es joven. Cada vez lo tengo menos claro. Parece ser (eso me transmiten los demás, eso quizás quiero creer yo), que la “esperanza media de juventud” aumenta cada año, al menos, un año más. Acabaremos quizás siendo jóvenes hasta la muerte. 

En todo caso, él es aún joven.  Al menos lo suficientemente joven para reiniciarlo todo.

Él se quiere divorciar. Necesita ayuda. Se encuentra perdido, también legalmente. Él me repite que nunca pensó que llegaría este momento. Que todo esto no entraba en “sus planes”, que jamás lo hubiera imaginado. 

Durante mucho tiempo aguantó así. Pero un día ya no pudo más. Un día dio un paso al frente, un pequeño paso, pero que fue un paso de gigante y vino a nuestro despacho. Quería empezar de nuevo.

Bromeo con él, le intento animar. Le digo que yo seré su abogada y su "psicóloga". 

La solución

¿Por qué cuento esto? A veces los clientes necesitan ser escuchados, necesitan un confidente en ese momento y formulan dudas legales mezcladas con cuestiones emocionales.

No soy de esos abogados que lo primero que invitan a sus clientes es a la guerra… a luchar, a combatir… De hecho, no comparto la idea de aquellos compañeros que descartan de inicio las vías amistosas, aunque ellos, saben tan bien como yo, que las bases de las disoluciones matrimoniales están bien asentadas, que poco queda normalmente que discutir, que muchas veces sólo se habla de dinero. 

Voto por soluciones como el divorcio express o la mediación familiar. El divorcio contencioso debería ser la última solución cuando el acuerdo resulta imposible.


Pero, ¿Qué es el divorcio express?

El divorcio express no es más que el nombre mediático que se le ha dado a lo que procesalmente siempre ha sido el divorcio de mutuo acuerdo.  Es el divorcio en el que los dos cónyuges se ponen de acuerdo, a través de un convenio (el convenio regulador, que es un contrato entre los futuros excónyuges) para ordenar la finalización de su relación, repartir (aunque no siempre) su patrimonio) y establecer un  régimen de convivencia respecto a los hijos comunes en caso de existir.  Es decir, el convenio regulador deberá establecer:

- La extinción del régimen de convivencia entre los cónyuges.

- El establecimiento de una guarda y custodia a favor de uno de ellos  o una guarda y custodia compartida, de la que un día hablaremos.

- Las pensiones de alimentos a favor de los hijos: cuantías y obligado al pago (el cónyuge que no tenga la guarda y custodia).

- Atribución de la vivienda conyugal (muy habitualmente, aunque no obligatoriamente, al cónyuge que tenga la guarda y custodia de los menores).

- Establecimiento, en su caso, de una pensión compensatoria (es decir, una pensión de un cónyuge a favor del otro que se vea económicamente perjudicado por el divorcio).

- Y liquidación (reparto) de los bienes gananciales, aunque esto se puede dejar para un momento posterior.


El procedimiento

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo es realmente sencillo. Lo complicado es poner de acuerdo a los cónyuges.  El mismo se inicia mediante la presentación en el Juzgado de una solicitud de divorcio (demanda) presentada en el partido judicial al que corresponda el último domicilio común y que deberá ir obligatoriamente firmada por abogado y procurador A esa demanda se le acompañará el citado convenio regulador, firmado por los aún cónyuges, y el certificado de matrimonio y nacimiento de los hijos comunes. (si el matrimonio no tiene hijos, será aún más fácil)

Tras su presentación, ambos cónyuges serán citados para que, en la Secretaria del Juzgado, y por separado, firmen un acta donde  reconozcan su firma en el convenio, confirmen su deseo de divorciarse, y ratifiquen allí su conformidad con los acuerdos plasmados en el convenio regulador.  

Si uno de los dos cónyuges no se ratifica (bien por no estar ya de acuerdo con alguno de los puntos del convenio o con el divorcio mismo) el procedimiento judicial se archivará y habrá que iniciar un nuevo procedimiento de divorcio contencioso.

Ratificados los cónyuges, en unos días, se dictará sentencia, salvo que existan hijos menores de edad en cuyo caso:

- El convenio deberá ser valorado por el Ministerio Fiscal que en virtud del favor filii  podrá poner objeciones a cualquier punto que considere perjudicial para los menores que venga recogido en el convenio. En este caso, el Juez habitualmente seguirá el criterio fijado por fiscalía y dará traslado a los cónyuges para que cambien los apartados que hayan resultado controvertidos. 

- El juez escuchará a los menores sobre el divorcio de sus padres, cuando lo considere conveniente, y en todo caso, desde que estos hayan cumplido 12 años. En la práctica este trámite supone una visita de los menores al despacho del juez donde el mismo, con total cercanía y delicadeza (esta ha sido siempre mi experiencia) le harán preguntas básicas sobre qué les parece  el régimen que sus padres han establecido (guarda y custodia, visitas, etc) para su relación con ellos.  


Aunque es difícil hablar de plazos, y varía mucho dependiendo de Juzgados y Partidos Judiciales, un divorcio mutuo acuerdo suele durar una media de mes y medio y dos meses desde que se presenta la demanda en el Juzgado hasta tener la sentencia de divorcio. Rara vez un divorcio contencioso  dura menos de medio año y a veces mucho más.

¿Estás pensando en divorciarte?.Podemos ayudarte


1 comentario:

  1. En el proceso de separación o divorcio, contar con la ayuda de profesionales es imprescindible. Abogados y mediadores brindan apoyo legal y emocional, facilitando una transición más suave y justa

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